DERECHOS “MAS QUE HUMANOS” PRODUCCIÓN DE SUBJETIVIDAD Y DE SUBJETIVACIÓN

Autor: Gregorio Baremblitt

Es muy difícil aceptar que ese Ser llamado “Humano”, tanto en sus modos “individuales” como en los “ colectivos”, no es (o no debería ser), una entidad substancialmente universal, ni única, ni ubicua, ni trascendente, ni eminente, ni exhaustiva, ni excluyente. Es preciso admitir que no está dotada de un núcleo invariante, apenas matizado, en sus distintas versiones, solo por algunas diferencias no esenciales. Por otra parte, ninguno de los atributos sine qua non que se le adjudican consigue definirlo medularmente: homo faber, homo sapiens, homo bellium, homo ludens etc.

También resulta penoso aceptar que, en ese Ser, no sea estrictamente exigible reconocer distintos campos específicos y jerárquicos como “niveles” de su materialidad, causalidad y efectuación. Por fin se ha llegado a la conclusión de que el llamado Ser Humano es una encrucijada de redes, y ninguna es mas importante que la otra. Se trata de equipamientos o de dispositivos en el seno de sistemas hipercomplejos metaestables (si usamos términos poco ambiciosos), o multiplicitarios, transversales y heterogénicos (si somos audaces).

Como quiera que sea, es del existir de ese Homo del que se dice que transcurre en los ámbitos de un “fuero íntimo”, de otro privado, y de otro “foro público” en los cuales, para ordenar las relaciones consigo mismo y con los otros, ha concebido, obedece y transgrede, o ignora, diversos códigos sobre códigos y axiomáticas que estipulan y conceden Derechos, (o sea beneficios de los que es merecedor). Siempre nos ha parecido altamente sugestivo que la mayoría de las Declaraciones Universales hasta ahora conocidas, lo sean de Derechos Humanos, y especialmente los que atañen a cada individuo por separado, pero nunca directamente de Deberes, que imponen obligaciones (también individuales y/o colectivos) a cuyo cumplimiento el Ser Humano se compromete, siendo que ambos ambos: Deberes y Derechos son proclamados por que se los considera inherentes a una Condición Humana, siempre supuesta universal, que expresa al Socius que supuestamente la comparte. Dicho de otro modo: los derechos son formalmente iguales para todos, y al aparecer los deberes, también. 

Pero como es exactamente la definición y la valoración de esa condición llamada humana lo que, por excelencia, constituye objeto de polémica, tal controversia autoriza y hace recomendable que se siga discutiendo implacablemente en torno de lo instituído al respecto. 

Dentro del espacio de tales discusiones, ciertas concepciones contemporáneas, por ejemplo la del Esquizoanálisis de G. Deleuze y F. Guattari, sostienen:

1) Que tanto el concepto, el percepto, los valores etc. que caracterizan de la citada manera a lo Humano, son entera y radicalmente históricos, o sea que son contínua y notablemente producidos como diferentes y así siendo su historia no puede ser sino crítica, irónica y aleatoria.

2) Que lo que hoy llamamos Humano prevalentemente humano es una Imagen Histórica, compuesta por un conjunto bastante difuso de peculiaridades, emergida y relativamente universalizada en un Mundis que surge y “evoluciona” desde la Antigüedad hasta la Post Modernidad occidentales. 

3) Que, oviamente, cada Imagen Humana que delimitamos, está postulada como compuesta por algunos pocos rasgos muy relativamente estables, entre los que se puede instaurar algunas relaciones de discreta permanencia. Desde luego subsiste en esa Imago Hominis mucho de las que fueron propias de los integrantes de las formaciones Primitivas, de las Despóticas, y de las Bárbaras, pero muy pobre, disimulada e imperceptiblemente. Lo más habitual es que se proyecte sobre sobre la Figura Humana de la Pre-Historia asi como sobre la Historia de las comunidades y civilizaciones que mal llamaremos no-occidentales, procesos y componentes en los que los occidentales forzadamente caben, sean entendidos como virtudes pre-liminares o como ausencias por “inmadurez”, dentro de una perspectiva genético-evolutiva. 

4) Entre los términos de los Derechos y Deberes Humanos que son notoriamente coherentes con la definición de Ser Humano a la que aquí nos referimos, están los que tienen como Sujeto-Agente-Beneficiario (como dijimos) a la modalidad llamada Individual que de tal Imagen de Ser Humano se postula. Tanto es así que, aunque como objetivo Ideal las formulaciones individuales y las colectivas deben ser coincidentes…la formulación y aplicación de los beneficios tienden a otorgarse al Ser Humano Individual y las obligaciones, si se muestran (cosa que en los textos mayores de las Declaraciones que conocemos poco ocurre) ,o bien se adjudican inprecisamente a Colectivos de Seres Humanos entendidos de forma genérica, o bien a las Entidades Humanas Colectivas Instituídas-Organizadas – impersonales, que velan, bajo la apariencia de la igualdad de jure e de facto frente a la Ley, por la conveniencia de diversos sub conjuntos de la llamada especie humana. Dicho de otro modo: la formulación Ideal de los Derechos y Deberes mencionados, lo que puede avaluarse como la Ley Mayor de la Humanidad, contempla de jure, necesidades, deseos e intereses humanos incontornables, otros básicos y otros contingenciales, aunque imposibles de negar (a pesar de las estúpidas alegaciones acerca de la substancial relatividad o de la arbitrariedad de tales requerimientos).

Por otra parte, desde el momento en que tales declaraciones se enuncian, seguramente lo hacen por que la desatención de esas carencias y derechos son posibles y/o son reales, tanto como las perspectivas actuales de resolverlos, asi como porque en el conjunto del Género Humano existen destinatarios reales de tales enunciados cuyas necesidades, deseos e intereses están hipersatisfechos, satisfechos, o son fácilmente pasibles de estarlo y que además son detentores de facto y de jure de las potencialidades y capacidades que eventualmente serían capaces de satisfacer las insuficiencias graves, incontornables y básicas de cuantos las padecen.

5) Todo el problema parece consistir en que otros Códigos, a todos los principios y efectos estimables como Menores, legalizan y legitiman las citadas desigualdades, que son así convalidadas, o sea consideradas apenas diferencias legítimas, (disparidades: de riqueza, de fuerza, de conocimiento, de salud etc.) Es decir, su letra se esmera en negar que las mencionadas desigualdades son, en alta proporción, producto de la expropiación (de numerosas maneras forzada), de los recursos de los carentes por los opulentos y aún por los suficientemente abastecidos. Del mismo modo esos Códigos Menores están especialmente redactados para ocultar que la reforma para la distribución igualitaria de los beneficios, jamás oneraría tanto a los privilegiados como para eliminar la desigualdad por completo o como para provocar, redistribuir o universalizar las insuficiencias. En el estado actual del “desarrollo”, todas las carencias son potencialmente y/o concretamente subsanables. 

6) Lo que ocurre como describiremos y trataremos de explicar, la gran mayoría de las Instituciones, Organizaciones y Prácticas intra inter y supra-nacionales, que actualmente conducen la Vida de la Humanidad, sustentan, adoptan, propician o imponen, como Modo de Producción Económico el Capitalismo Liberal o el Neo Liberal, asi como el Régimen Jurídico Político de la Democracia llamada burguesa, nominal, formal, representativa indirecta o en sintesis, heterogestiva y heteroanalítica.

A pesar de que ese Modo y ese Régimen aspiran explícitamente a la coincidencia entre la Lógica y la Ètica de su organización y funcionamiento y la que inspira a las (Declaraciones de los Derechos y Deberes Humanos) por más imperfecta y discutible que éstas les resulten, nunca lo consiguen. Ese Pensamiento y Organización llamados “Unicos” explican las disparidades basándose en la supuesta asincronía del desarrollo de las desigualdades por una meritocracia diversamente fundada, cuya abolición voluntaria, a servicio del Ideal, sería, “injusta”, y lo que es peor, sustentadamente “ineficaz” según esa Razón y ese Derecho “de los más esforzados y aptos”. De acuerdo con esa convicción, las Grandes Potencias, o imponen de Jure como universales sus Codigos Territoriales, o apelan al ejercicio de sus Poderes empleando diversos tipos y grados de violencia. 

En síntesis, lo que tratamos apenas de recordar aquí al lector, es que las Declaraciones Universales legales de los Derechos y Deberes Humanos, aunque contengan inegables méritos, no solamente padecen de una formulación individualista e incompleta que perjudica al “espíritu” de lo que se proponen, sino que aún dentro de los alcances de su letra, y en mayor o menor coherencia con ellas, nunca fueron cumplidos ni lo son actualmente por y para los Seres Humanos, en una proporción de casos abrumadoramente mayoritaria.

7) La otra cuestión que desearíamos evocar, remite a los puntos 1) y 2) de este breve artículo, en los cuales afirmamos tanto la radical historicidad, como la dominancia de una cierta Figura contemporánea del Ser Humano. Esa postulación implica que: a) siempre ha habido, hay y habrán, pero además que aún pueden haber existido, existir y venir a existir, infnitas Figuras de Lo Humano y aún de lo (por así decirlo o por no poder decirlo de otra forma) de lo Màs que Humano, de lo Sobre Humano y de lo definitivamente Post o No Humano, todas ellas singulares, infinita y diferentemente Más Justas.

b) que “todas” esas Figuras, al igual que el concepto y la Realidad de sus derechos y deberes es decir sus Ideas y practicas de la Justicia, especialmente la de una Justicia no resultante de la aplicación de Leyes, Derechos y Deberes, sino inmanente, consubstancial con cada singularidad humana, Más que humana o Extra humana…. son históricamente producidas, es decir, inventadas, tanto cuanto reproducidas, destruídas o antiproducidas. Es importante comprender que tales Figuras, que son causas y efectos, determinismos y aleatoriedades de “Mundos” que les son propios y a los que a su vez pertenecen, hoy ya existen y son conocidas con “modelos” que no tienen casi nada de antropomórficos, es decir que no se parecen en absoluto a lo que mayoritariamente aceptamos como constituyendo un “Ser Humano”. Eso porque tanto lo que conocemos como Ser Humano, como todas estas otras entidades que diagnosticamos y prognosticamos son producidas por, y existen en, el seno de montajes, de instalaciones heterogéneas, transversales, multiplicitarias y hasta tecnológicas en las que lo que la Idea y la Legalidad de lo que es Humano y de lo que no lo es y la ridícula fragilidad de su justicia, no tienen la menor importancia.

c) Tales dispositivos para “Invención de Seres impensablemente nuevos”, internamente proteiformes, neo justos y/o neo injustos, asi como los seres mismos producidos, componen y compondrán algo, una dimensión, que recuerde a lo que hoy llamamos “Sujeto” (desde los puntos de vista Filofófico, Psicológico Político , Lingüístico etc.). Pero se trata de producciones de subjetividad (alienadas, reproductivas y antiproductiva), o de subjetivación (revolucionarias, inventivas, productivas).

En este extraordinario Congreso de Derechos Humanos y Salud Mental, nos proponemos conversar sobre algunos saberes y procedimientos que hemos tratado de generar y que ejercitamos, para “arreglar” Subjetividades y para producir Subjetivaciones como parte de la invención de un Nuevo Mundo.

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